Obligaciones

OBLIGACIONES COMUNES DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE VERACRUZ

 

Artículo 15. Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública,

de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada

año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con

sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado, conforme a lo siguiente:

 

 

 

 

 

 

 

I. Marco Normativo

 

II. Su estructura Orgánica

 

III. Las facultades de cada área 

 

IV.Las metas y Objetivos de cada área
V.Los indicadores de gestión

 

VI.Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados 

 

VII. El directorio de servidores Públicos

 

VIII. Remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos

 

IX.Los gastos de representación y viático

 

X. El numero total de las plazas y del personal de base y confianza  

 

XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios o asimilados

 

XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia.

 

XV. La información de los programas sociales, subsidios, estímulos y apoyos.

 

XVI. Las condiciones generales de trabajo

 

XVII. La información curricular

 

XVIII. Servidores Públicos con sanciones Administrativas definitivas

 

XIX. Los servicios que ofrecen

 

XX.Los trámites, requisitos y formatos

 

XXI. Presupuesto Asignado

 

XXIV. El informe del resultado de las auditorías
XXV. Dictaminación de los estados financieros
XXVI. Listado de personas Físicas o Morales a quienes, por cualquier motivo se les asigne o permita usar recursos públicos

 

XXVII. Las concesiones, contratos ,convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados

 

XXVIII. La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y Licitación de cualquier naturaleza

 

XXIX. Informes

 

XXX. Las estadísticas que generen

 

XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales

 

XXXII. Padrón de proveedores y contratistas 

 

XXXIII. Convenios de coordinación y de concertación

 

XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles

 

XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos

 

XXXVI. Las resoluciones y laudos
XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana

 

XXXVIII. Programas

 

XXXIX. Las actas, acuerdos y resoluciones del comité de transparencia

 

XL. Evaluaciones y encuestas

 

XLI. Los estudios financiados con recursos públicos

 

XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto

 

XLV. El catalogo de disposición y guía de archivo documental

 

XLVI.Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del consejo consultivo

 

XLVIII. Las enajenaciones y otros actos jurídicos relacionados con bienes públicos

 

LI. Relación de los servidores públicos comisionados
LII. Índices de expedientes clasificados como reservado

 

LIII. La información desclasificada

 

LIV. Información de interés Publico

 

Ultimo párrafo de las obligaciones aplicables

 

 

 

 Artículo 16. De las obligaciones de Transparencia Especificas 

 

 

l.En el caso del Poder Ejecutivo