OBLIGACIONES COMUNES DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE VERACRUZ
Artículo 15. Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública,
de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada
año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con
sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado, conforme a lo siguiente:
I. Marco Normativo
II. Su estructura Orgánica
III. Las facultades de cada área
IV.Las metas y Objetivos de cada área
V.Los indicadores de gestión
VI.Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados
VII. El directorio de servidores Públicos
VIII. Remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos
IX.Los gastos de representación y viático
X. El numero total de las plazas y del personal de base y confianza
XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios o asimilados
XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia.
XV. La información de los programas sociales, subsidios, estímulos y apoyos.
XVI. Las condiciones generales de trabajo
XVII. La información curricular
XVIII. Servidores Públicos con sanciones Administrativas definitivas
XIX. Los servicios que ofrecen
XX.Los trámites, requisitos y formatos
XXI. Presupuesto Asignado
XXIV. El informe del resultado de las auditorías
XXV. Dictaminación de los estados financieros
XXVI. Listado de personas Físicas o Morales a quienes, por cualquier motivo se les asigne o permita usar recursos públicos
XXVII. Las concesiones, contratos ,convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados
XXVIII. La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y Licitación de cualquier naturaleza
XXIX. Informes
XXX. Las estadísticas que generen
XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales
XXXII. Padrón de proveedores y contratistas
XXXIII. Convenios de coordinación y de concertación
XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles
XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos
XXXVI. Las resoluciones y laudos
XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana
XXXVIII. Programas
XXXIX. Las actas, acuerdos y resoluciones del comité de transparencia
XL. Evaluaciones y encuestas
XLI. Los estudios financiados con recursos públicos
XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto
XLV. El catalogo de disposición y guía de archivo documental
XLVI.Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del consejo consultivo
XLVIII. Las enajenaciones y otros actos jurídicos relacionados con bienes públicos
LI. Relación de los servidores públicos comisionados
LII. Índices de expedientes clasificados como reservado
LIII. La información desclasificada
LIV. Información de interés Publico
Ultimo párrafo de las obligaciones aplicables
Artículo 16. De las obligaciones de Transparencia Especificas
l.En el caso del Poder Ejecutivo